La autoridad electoral nacional fijó en 440 mil 652 pesos el límite de gastos
de precampaña por precandidatura y en 2 millones 491 mil 466 pesos el tope
de campaña por candidatura
• También avaló los lineamientos que regularán la elección consecutiva de
diputaciones federales por ambos principios
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) definió los topes
máximos de gastos de precampaña y campaña para la elección de diputaciones
federales por el principio de mayoría relativa correspondientes al Proceso
Electoral Federal 2026-2027, con lo que quedaron definidos los límites
económicos que deberán observar partidos políticos, coaliciones,
precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes durante la
contienda electoral del próximo año.
En este contexto, se definió en 440 mil 652 pesos el tope máximo de gastos de
precampaña por precandidatura a una diputación federal y en 2 millones 491 mil
466 pesos el tope máximo de gastos de campaña por candidatura, montos
calculados conforme a los mecanismos previstos en la legislación electoral y que
serán aplicables para las 500 diputaciones federales que se renovarán en el
proceso electoral 2026-2027.
El presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, Consejero
Arturo Chávez López, subrayó que el objetivo es claro “frenar el gasto excesivo,
ser transparentes en el ejercicio de los recursos y propiciar que las campañas
sean espacios reales de debate donde lo que cuente sean las ideas y las
propuestas para la ciudadanía”.
Asimismo, convocó a las fuerzas políticas y a las candidaturas a reducir al mínimo
el uso de efectivo durante las precampañas y campañas electorales.
El Consejo General determinó que el límite para precampañas corresponde al 20
por ciento del tope de campaña utilizado en el Proceso Electoral Federal 2023-
2024, mientras que el monto aprobado para campañas se obtuvo mediante la
actualización de los parámetros legales vinculados a la Unidad de Medida y
Actualización, cuyo valor registró un incremento acumulado de 13.08 por ciento
entre 2023 y 2026.
Se avalan lineamientos para la elección consecutiva de diputaciones
federales
Por otra parte, el Consejo General aprobó los Lineamientos sobre Elección Consecutiva para Diputaciones Federales por ambos principios para el Proceso Electoral Federal 2026-2027, con el propósito de establecer reglas específicas para el ejercicio de este derecho en el próximo proceso electoral, que será
además el último en el que podrá aplicarse antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia de no reelección prevista para 2030.
Los lineamientos determinan que las diputadas y diputados que busquen la elección consecutiva podrán permanecer en el cargo durante el proceso electoral, siempre que respeten los principios de imparcialidad y equidad, no utilicen
recursos públicos con fines electorales y presenten una carta de intención al INE, a la Cámara de Diputadas y Diputados y a su partido político a más tardar el 3 de enero de 2027.
Además, la postulación para la elección consecutiva sólo podrá realizarse por el
mismo partido político o por alguno de los integrantes de la coalición que postuló
originalmente a la persona legisladora, mientras que quienes pretendan
contender por una fuerza política distinta deberán haber renunciado o perdido su
militancia antes de la mitad de su mandato, es decir, previo al 28 de febrero de
2026.
De igual forma, las candidaturas por elección consecutiva deberán cumplir las
reglas de paridad de género, las acciones afirmativas y los requisitos de integridad
en candidaturas, además de sujetarse a mecanismos reforzados de fiscalización
para verificar el origen y destino de los recursos utilizados durante las campañas
electorales.
En otro punto de la sesión, el máximo órgano de dirección del INE declaró la
procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos
de los partidos políticos PAZ y SOMOS, al determinar que, en términos generales,
atendieron las observaciones formuladas por la autoridad electoral. Sin embargo,
en cuanto al uso de lenguaje incluyente, libre de discriminación y sexismo, en
ambos casos se considera que cumplieron parcialmente.