Chihuahua, Chih.- En este Proceso Electoral 2020-2021 se instalarán un total de 34 Casillas Especiales que estarán distribuidas en 16 municipios de la entidad para recibir el voto de la ciudadanía que se encuentre en tránsito y que esté fuera de la sección electoral que corresponda al domicilio impreso en su credencial de elector.
En esta ocasión, al tratarse de las Elecciones más grades de la historia, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las casillas especiales cuenten con 1,000 boletas para recibir la votación por las Diputaciones Federales y 1,000 boletas adicionales por cada tipo de elección local: Gubernatura, Ayuntamientos y Sindicatura y Diputaciones Locales.
En anteriores ejercicios de votación el número máximo de boletas electorales aprobadas para una Casilla Especial era de 750, número que había resultado insuficiente.
Lo anterior, con el objetivo de maximizar los derechos electorales para que las y los electores en tránsito puedan ejercer su derecho al voto el próximo 6 de junio, además estas casillas se encontrarán ubicadas en espacios públicos de gran afluencia.
El horario de apertura será a las 8:00 de la mañana y las boletas electorales se asignarán conforme lleguen los votantes.
• Juárez 10
• Ahumada 1
• Ascensión 1
• Janos 1
• Nuevo Casas Grandes 1
• Camargo 1
• Delicias 2
• Jiménez 1
• Meoqui 1
• Ojinaga 1
• Chihuahua 7
• Bocoyna 1
• Cuauhtémoc 2
• Guerrero 1
• Guachochi 1
• Parral 2
ELECCIONES POR LAS QUE LAS PERSONAS PUEDEN VOTAR RN CASILLAS ESPECIALES
En las elecciones locales:
• Si el domicilio de la persona es del municipio y del distrito en donde se ubica la casilla, podrá votar por las cuatro elecciones: Gubernatura, Diputación, Ayuntamiento y Sindicatura.
• Si el domicilio de la persona es del municipio, pero la casilla no se encuentra en el distrito en el que se ubica su domicilio, podrá votar por las elecciones de Gubernatura, Ayuntamiento y Sindicatura.
• Si el domicilio de la persona no es del municipio en el que se ubica la casilla, pero la casilla sí se encuentra en el mismo distrito al que corresponde el domicilio de la persona, podrá votar por las elecciones de Gubernatura y Diputación.
• Si el domicilio de la persona no se ubica ni en el municipio ni en el distrito en el que se ubica la casilla, únicamente podrá votar por Gubernatura.
• Si el domicilio de la persona no pertenece a la entidad, no puede votar por ninguna autoridad local.
En la elección federal:
• Si el domicilio de la persona corresponde al distrito en donde se ubica la casilla, podrá votar por la elección de Diputaciones Federales.
• Si el domicilio de la persona no corresponde al distrito en donde se ubica la casilla, pero corresponde a alguna entidad de la primera circunscripción electoral federal (la integran: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora), únicamente podrá votar en la elección de Diputaciones Federales de Representación Proporcional.
• Si el domicilio de la persona no se ubica en alguna entidad perteneciente a la primera circunscripción, no podrá votar.