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30.Sep.2025 13:31
Necesario se establezcan plazos máximos de gestión, reparación y entrega en vehículos asegurados: Dip. María Antonieta Pérez

• Plantea plazos máximos de hasta 30 días para daños menores, y hasta 90 días para daños mayores y máximo 15 días para indemnización en caso de pérdida total.






Chihuahua, Chih. a 29 de septiembre del 2025.- La diputada local de morena, María Antonieta Pérez Reyes exhortó a las Mesas Directivas de la Cámara de diputados y senadores del Congreso de la Unión para que impulsen diversas reformas y adiciones a la Ley Sobre el Contrato de Seguro; así como a la CONDUSEF y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para colaborar en la definición técnica de “daños menores” y “daños mayores” y en la emisión de lineamientos para la adecuada implementación de estas reformas.

En su exposición de motivos la legisladora morenista argumentó que, en el ramo de seguros automotrices, personas aseguradas en diversas entidades federativas han reportado dilaciones excesivas en la reparación y entrega de sus vehículos después de un siniestro.

“Estas demoras generan cargas económicas adicionales y afectan el derecho de las y los consumidores a recibir un servicio oportuno y transparente. De acuerdo con información pública de la CONDUSEF y notas periodísticas, una proporción significativa de reclamaciones en el ramo auto se relaciona con los tiempos de reparación y entrega, así como con la falta de información periódica sobre el avance de los trabajos”, dijo la legisladora.

En este tenor también explicó que la legislación federal vigente en materia de contratos de seguro no establece plazos específicos y uniformes para la reparación y entrega de vehículos, ni obligaciones claras de reporte periódico al asegurado, lo que propicia asimetrías contractuales en detrimento de la parte adherente y dificulta la tutela efectiva del usuario de servicios financieros.

Por lo anterior la diputada, María Antonieta Pérez Reyes busca:

• Establecer en la Ley sobre el Contrato de Seguro plazos máximos de gestión, reparación y entrega del vehículo asegurado: hasta 30 días para daños menores, y hasta 90 días para daños mayores y máximo 15 días para indemnización en caso de pérdida total.

• La CONDUSEF y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas colaboren en la definición técnica de “daños menores” y “daños mayores” y en la emisión de lineamientos para la adecuada implementación de la reforma

• Que exista la obligación de reportes semanales y el establecimiento de facultades sancionatorias a cargo de la CONDUSEF en contra de las compañías aseguradoras respecto de gastos comprobables de movilidad, así como por el incumplimiento de los plazos aquí establecidos.

• Adicionar en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros una multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Aseguradora que incumpla con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguros.

• Ante el incumplimiento de la entrega de vehículos siniestrados la aseguradora tendrá que pagar los gastos de movilidad del asegurado desde el vencimiento de las fechas establecidas de 30 o 90 días hasta que el automotor este reparado.

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